Micelio
Auto30 de mayo de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cumplimiento De Las Ordenes De La Sentencia T-760/08
  • Orden al Ministerio de Salud y Protección Social implementar gestiones y actividades en cumplimiento de sentencia T-760/08 y autos de seguimiento
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En el marco del seguimiento a la orden décima sexta de la sentencia T-760/08, la Sala Especial realiza con el presente proveído una evaluación de los cronogramas remitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, en atención a lo ordenado en el Auto 584/22.

Con base en lo anterior, imparte una serie de órdenes a dicha cartera ministerial para que siga ejecutando las actividades propuestas en los cronogramas presentados a la Sala, en los términos y plazos allí previstos y desarrolle la formulación de las políticas públicas con la participación efectiva de todos los actores del sistema de salud.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. Autorizar al Ministerio de Salud y Protección Social para que dé cumplimento a lo ordenado en los numerales (ii), (iii) y (iv) del ordinal 2 de la parte resolutiva del auto 584 de 2022, en los términos estipulados en el cronograma de actividades presentado ante la Corte.
  2. Segundo. Ordenar al Ministerio de Salud y Protección Social que desarrolle las actividades de implementación, seguimiento, monitoreo y evaluación contenidas en los cronogramas presentados a la Sala, a más tardar hasta el 31 de diciembre de 2023, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
  3. Tercero. Ordenar al Ministerio de Salud y Protección Social que, en el término de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente proveído, entregue a la Sala un informe sobre las actividades ejecutadas y los avances que estas generan en la superación de los problemas que dieron lugar a las órdenes proferidas en el ordinal
  4. segundo. del auto 584 de 2022.
  5. Cuarto. Ordenar al Ministerio de Salud y Protección Social que a más tardar dentro de los 10 días hábiles siguientes al vencimiento de cada una de las etapas del cronograma, remita un informe sobre su ejecución y los avances obtenidos en la superación de la problemática evidenciada.
  6. Quinto. Conminar al Ministerio de Salud y Protección Social para que siga ejecutando las actividades propuestas en los cronogramas presentados a la Sala en los términos y plazos allí previstos y desarrolle la formulación de las políticas públicas con la participación efectiva de todos los actores del sistema de salud.
  7. Sexto. Poner en conocimiento del Ministro de Salud y de la Protección Social lo decidido en la presente providencia, para que actúe de conformidad con sus funciones.
  8. Séptimo. Proceda la Secretaría General de esta Corporación a librar las comunicaciones correspondientes, acompañando copia integral de este proveído.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.